Autorización, instalación y localización de estaciones radioeléctricas nuevas, en bienes privados y fiscales

El Decreto Distrital 555 del 2021, artículos 217 y 218, establece las condiciones de ubicación y la autorización de estaciones radioeléctricas en Bogotá, D.C., así mismo, el Decreto Distrital 083 del 01 de marzo de 2023, se establecen los requisitos y procedimiento para la autorización, instalación y localización de estaciones radioeléctricas y delega a la Secretaria Distrital del Hábitat a estudiar las solicitudes de autorización, instalación y localización de estaciones radioeléctricas nuevas en bienes privados y fiscales en el Distrito Capital. (Artículo 32.5)

Decreto Distrital 083.

La presentación de la autodeclaración responsable de cumplimiento de requisitos implica una manifestación expresa por parte del solicitante, asegurando el cumplimiento integral de las disposiciones nacionales y distritales que permiten la localización e instalación de estaciones radioeléctricas.

Es importante tener en cuenta, que el solicitante es plenamente responsable de todos los efectos legales derivados de la documentación e información proporcionada en dicha autodeclaración. En este sentido, el Distrito Capital queda exonerado de cualquier responsabilidad frente a los daños o perjuicios que puedan surgir como consecuencia de la documentación e información reportada, así como en sus soportes y anexos.

¿Qué es una Estación Radioeléctrica?

Es un elemento físico que soporta y sostiene las redes de telecomunicaciones que prestan un servicio de telecomunicaciones inalámbricas.

¿Cómo se gestiona el trámite?

  1. La Secretaria Distrital del Hábitat pone a disposición del solicitante la Ventanilla Única de la Construcción – (VUC) https://vucapp.habitatbogota.gov.co/, en la cual puede registrar su usuario persona o empresa para iniciar el proceso de solicitud de autorización, localización e instalación de estaciones radioeléctricas nuevas en bienes privados o fiscales.

    Realizar tramite por: Ventanilla única de la construcción -VUC
     

  2. El solicitante puede inscribir y administrar de manera virtual el plan anual de despliegue, señalado en el artículo 14 del Decreto 083, prerrequisito para realizar la solicitud de autorización, localización e instalación de estaciones radioeléctricas.

  3. Una vez que se haya registrado la estación radioeléctrica en el plan de despliegue, podrá realizar la solicitud para la estación seleccionada, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 9 del Decreto No. 083 de 2023.

  4. Una vez cargados los documentos, debe diligenciar el formulario de “Autodeclaración Responsable de Cumplimiento de Requisitos” y enviarlo finalmente a la entidad.

Nota: Conforme al artículo 10 ibidem, si la solicitud no se acompaña de la totalidad de la documentación, la entidad la devolverá al solicitante para que la radique nuevamente con la documentación completa.

¿Cuáles son los documentos que debo tener en cuenta al momento de la radicación?

Para la presentación de la declaración responsable de cumplimiento de requisitos el solicitante debe presentar ante la entidad competente su solicitud con el cumplimiento de las condiciones y requisitos señalados en el artículo 9 del Decreto 083 de 2023, acompañando la siguiente documentación:

  1. Copia del documento de identificación del solicitante y del representante legal.*

  2. Certificado de Existencia y Representación legal de la empresa solicitante que no supere treinta (30) días de expedido.*

  3. Poder o autorización(es) debidamente otorgado por el Representante Legal.

  4. Registro Único de TIC expedido por el Ministerio de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones.*

  5. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual vigente.*

  6. Certificado de tradición y libertad del inmueble que no supere treinta (30) días de expedidos.*

  7. Aportar la dirección de los predios colindantes.*

  8. Certificado sobre destino, dominio y uso de la propiedad inmobiliaria distrital.

  9. Licencia de Construcción en cualquiera de sus modalidades.

  10. Autorización de altura de la estación expedida por la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil - UAEAC.*

  11. Concepto técnico previo favorable de entidad competente:

  • En Estructura Integradora de Patrimonios. (IDPC – MinCultura)
  • Sobre la Estructura Ecológica Principal o suelo de protección del Distrito Capital. (SDA-CAR)
  • Sobre zonas de riesgo del Distrito Capital. (IDIGER)
  • Adosadas a publicidad exterior visual del Distrito Capital. (SDA)
  1. Propuesta técnica y arquitectónica de la estación.*

  2. Propuesta de Mimetización.*

  3. Evaluación estructural de cargas (según sea el caso).*

  4. Diseño estructural del elemento de soporte (torre, monopolo o mástil) y anclajes (plano estructural, junto con el acta de responsabilidad y certificado de vigencia de tarjeta profesional de quien elabora el diseño).*

  5. Estudio de suelos y diseño estructural de la cimentación.*

Los documentos marcados con (*) son obligatorios según sea el caso.

Conforme a lo dispuesto en el Artículo 8 del Decreto Distrital 083 de 2023, la Secretaria Distrital del Hábitat pone a su disposición el INSTRUCTIVO PARA LA DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS adoptado mediante Resolución 1718 de 2023 de la SDP, el cual hace parte integral el diligenciamiento del formulario de “Autodeclaración responsable de cumplimiento de requisitos”.

La autorización que expide la SDHT como resultado de la “Autodeclaración responsable de cumplimiento de requisitos” está sujeta al cumplimiento de la totalidad de los “CRITERIOS Y CONDICIONES, PARA LA AUTORIZACIÓN DE LOCALIZACIÓN E INSTALACIÓN, Y REGULARIZACIÓN” contemplados en el Título IV del Decreto Distrital 083 de 2023.

Documentos Anexos:

¿Cuáles son los documentos que debo tener en cuenta al momento de la radicación?

Para realizar el tramite por otros canales de atención, debe descargar, diligenciar y tener en cuenta los diferentes instructivos y manuales que se disponen para realizar la solicitud, adicionalmente, debe tener en cuenta que el “Plan de Despliegue” debe realizarlo los dos primeros meses de cada anualidad.

Formatos y manuales para radicación en físico:

Puede acercarse a esta secretaría para realizar la solicitud con la totalidad de los documentos.

Dirección: Calle 52 No. 13 - 64, Bogotá D.C., Colombia.
Código Postal: 110231
Horario de atención: lunes a viernes 07:00 a.m. - 04:30 p.m.

¿Quién gestiona la autorización de estaciones radioeléctricas en espacio público?

En el caso que una Estación Radioeléctrica se localice en espacio público, debe consultar el Decreto 493 de 2023, en el cual encontrará los administradores de espacio público correspondiente y realizar la solicitud según el procedimiento de cada entidad.

¿Qué debo hacer para la REGULARIZACIÓN de Estaciones Radioeléctricas?

Si la estación radioeléctrica ya está instalada, es necesario realizar una solicitud de regularización en la Secretaría Distrital de Planeación -SDP-, conforme con lo establecido en el Decreto No. 083 de 2023 artículo 26 derogado por el Decreto distrital 052 de 2024.

¿Dónde puedo consultar las estaciones Proyectadas, Autorizadas y en Devolución?

Con el objetivo de garantizar la transparencia, la Secretaria Distrital del Hábitat ha dispuesto en el módulo de Geovisores en la página WEB de la entidad, https://www.habitatbogota.gov.co/ un mapa de Bogotá, donde encontrará la información radicada en la entidad, sobre Estaciones Radioeléctricas proyectadas, Autorizadas y devueltas.

 

Mapa Estaciones Radioelectricas: IR

Categorización
Clasificación de Trámites

Estaciones radioeléctricas autorizadas por SDHT en Bogotá DC.