¿Qué es el Defensor de la Ciudadanía?

El Decreto 392 de 2015 reglamenta la figura del Defensor del Ciudadanía en las entidades  y organismos del Distrito Capital.

El Defensor de la Ciudadanía es una figura legal que tiene como objetivo garantizar  la calidad y oportunidad en la atención y prestación de los servicios y trámites a la ciudadanía, siempre bajo los principios de  asesoría, independencia, imparcialidad, objetividad y celeridad.

La Secretaría Distrital del Hábitat adopta y reglamenta la figura de Defensor de la Ciudadanía mediante la Resolución 334 de 2023.  Consulte aquí la resolución y el manual operativo del defensor de la ciudadanía.

¿Cuáles son las funciones del Defensor de la Ciudadanía?

Las Funciones del Defensor de la Ciudadanía son:

1. Velar porque la entidad cumpla con las disposiciones normativas referentes al servicio a la ciudadanía. 

2. Formular recomendaciones al Representante Legal de la entidad para facilitar la interacción entre la entidad y la ciudadanía, contribuyendo a fortalecer la confianza en la administración. 

3. Analizar el consolidado de las peticiones que presente la ciudadanía sobre la prestación de trámites y servicios, con base en el informe que sobre el particular elabore la Oficina de Servicio a la Ciudadanía o quien haga sus veces, e identificar las problemáticas que deban ser resueltas por la entidad. 

4. Diseñar e implementar estrategias de promoción de derechos y deberes de la ciudadanía, así como de los canales de interacción con la administración distrital disponibles, dirigidos a servidores públicos y ciudadanía en general. 

5. Promover la utilización de diferentes canales de servicio a la ciudadanía, su integración y la utilización de Tecnologías de Información y Comunicaciones para mejorar la experiencia de los ciudadanos. 

6. Elaborar y presentar los informes relacionados con las funciones del Defensor de la Ciudadanía que requiera la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y la Veeduría Distrital. 

7. Las demás que se requieran para el ejercicio eficiente de las funciones asignadas. 

¿En qué casos el ciudadano debe acudir a la figura del Defensor de la Ciudadanía?

La ciudadanía podrá acudir a la figura del Defensor de la Ciudadanía en las siguientes instancias:

8. Cuando no se encuentre conforme con alguna respuesta emitida.

9. Cuando no se cumplan los términos establecidos dentro de la normatividad.

10. Cuando el ciudadano considere que no recibió un trato digno y cálido.

¿Quién ejerce la figura de Defensor de la Ciudadanía en la Secretaría Distrital del Hábitat?

La Secretaría Distrital del Hábitat designa como Defensor de la Ciudadanía al subdirector(a) Administrativo(a) y como suplente al Subdirector(a) de participación y Relaciones con la Comunidad, quienes no podrán delegar dicha función.

¿Cómo puede el ciudadano contactar al Defensor de la Ciudadanía?

La ciudadanía puede acudir al Defensor de la Ciudadanía mediante el correo electrónico defensordelciudadano@habitatbogota.gov.co o a través del Sistema para la Gestión de Peticiones Ciudadanas – Bogotá Te Escucha.

 

Informes de gestión