Teniendo en cuenta el Asunto INVIABILIDAD DEL SUBSIDIO DE MEJORAMIENTO HABITACIONAL DE VIVIENDA RURAL EXPEDIENTE. NO 500 CÓDIGO ÚNICO 2202091105MV001 - RADICADO DE SALIDA 2-2024-56675 dirigido al Señor CESAR JULIO TEQUIA y atendiendo lo señalado en el Artículo 69 del Código Administrativo y Procedimiento Administrativo Ley 1147 de 2011 que señaló: "Artículo 69. Notificación por aviso. (...) Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso", lo anterior para que sea publicado la presente actuación administrativa por aviso en la página correspondiente durante cinco (05) días hábiles.
Cabe recordar que se deberá incluir la leyenda:
"En cumplimiento de lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, se publica por el termino de cinco (05) días hábiles para el conocimiento y observaciones de los ciudadanos la respuesta INVIABILIDAD DEL SUBSIDIO DE MEJORAMIENTO HABITACIONAL DE VIVIENDA RURAL EXPEDIENTE. NO 500 CÓDIGO ÚNICO 2202091105MV001 - RADICADO DE SALIDA 2-2024-56675 una vez transcurrido el termino de Ley, se considera surtida la notificación del presente documento “
Si existe alguna inquietud adicional, los interesados podrán acercarse a nuestras oficinas ubicadas en la Calle 52 No. 13-64 Piso 8 Subdirección de Operaciones o se comunique al teléfono 3581600 Ext. 1302, donde con gusto le estaremos suministrando información personalizada