El Catálogo General de Cuentas (CGC) de las entidades de gobierno será empleado para efectos de registro y reporte de información financiera a la Contaduría General de la Nación.
Por medio del cual se adopta el procedimiento de control interno contable y de reporte del informe anual de evaluación a la Contaduría General de la Nación.
Por medio del cual se adopta el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública, integrado por el Catálogo general de Cuentas, los Procedimientos Contables y los Instructivos Contables; y sus respectivas resoluciones modificatorias y complementarias. Contador General de la Nación.
Por la cual se adopta el Régimen de Contabilidad Pública, se establece su conformación y se define el ámbito de aplicación, Contador General de la Nación.