A través de la Ley 820 de 2003, tanto arrendadores y arrendatarios pueden conocer sus deberes y derechos en el desarrollo de esta actividad, dado que se trata de la normativa que regula el arrendamiento de vivienda en el país.
A continuación, la Secretaría Distrital del Hábitat desea darle a conocer 5 consejos útiles para lograr un proceso de arrendamiento seguro:
- Consulte la Ley
La norma rectora de la actividad de arrendamiento de vivienda es la Ley 820 de 2003. Consúltela y fundamente el contrato de arrendamiento conforme a la legislación vigente.
- Validez de documentos
Toda la documentación entregada por el arrendador debe ser verificada muy bien para evitar falsificaciones o uso indebido de documentos públicos o privados, que puedan poner en riesgo la relación contractual y traer conflictos futuros.
- Cumplimiento obligaciones contractuales
Evite dolores de cabeza, el incumplimiento de las obligaciones del contrato de arrendamiento puede acarrear terminación inmediata del contrato y posibles acciones legales.
- Conciliar es la mejor opción
Si se presentan desacuerdos o conflictos, arrendadores y arrendatarios pueden acudir a las Casas de Justicia, consultorios jurídicos y otros mecanismos de solución. La MEJOR opción es la conciliación.
- Aclare sus dudas sobre el contrato
Antes de suscribir un contrato asesórese con las Casas de Justicia y consultorios jurídicos, y aclare todas las dudas que tenga sobre su contrato. Recuerde que tiene derecho a revisar y discutir las clausulas contractuales si considera que no son equitativas para alguna de las partes.
Con estos 5 consejos, la Secretaría Distrital de Hábitat sugiere a los arrendadores y arrendatarios de Bogotá una ruta que permita la celebración de contratos de arrendamiento de forma segura sin contratiempos y hacer de ¡Bogotá el Mejor Hogar!
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