El plazo vence el 21 de marzo de 2023, por lo que la Secretaría Distrital del Hábitat invita a cumplir esta obligación cuanto antes.
Quienes no presenten el informe de actividades 2022 antes del 21 de marzo de 2023, podrían ser sancionados con hasta 100 SMLMV.
Para evitar sanciones, desde ya la Secretaría del Hábitat habilitó los canales presenciales y virtuales para facilitar el cumplimiento de esta obligación.
Por norma legal (Capítulo 8° de la Ley 820 de 2003) toda persona natural o jurídica que se dedique al arriendo de inmuebles destinados a vivienda, que tenga matrícula como arrendador activa al 31 de diciembre de 2022, está obligada a presentar esta obligación.
Para quienes cumplan estos criterios, la Secretaría del Hábitat habilitó dos canales en los que pueden radicar el informe, así:
Virtual
Ventanilla Única de la Construcción
-El sistema estará activo hasta el 21 de marzo a las 4:30 p. m.
Presencial
En la oficina de radicación
Dirección: Calle 52 No 13-64 Piso 1
Horario: lunes a viernes de 7:00 a. m. a 4:30 p. m.
-La información tendrá que ser presentada en un CD
Todos los arrendadores tendrán que presentar el formato PM05-FO107 diligenciado en su totalidad. Dicho formato lo pueden descargar aquí.
Si durante el proceso de presentación del informe surgen dudas, los interesados podrán comunicarse a través del chat habilitado en la plataforma de la VUC de lunes a viernes de 8:00 a. m. a las 5:00 p.m. De igual manera, podrían comunicarse al teléfono 601 3581600 EXT 6008 o 6009, o escribirnos al correo vuc@habitatbogota.gov.co
Todos los trámites ante la Secretaría del Hábitat son gratuitos y no requieren intermediarios. No lo dejes para última hora y presenta ya el informe de arrendadores por los canales habilitados.
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