De acuerdo con lo establecido en el Artículo 21 del Decreto Distrital 145 de 16 de abril de 2021, “El valor del subsidio en la modalidad de habitabilidad tendrá una asignación máxima de dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes -SMLMV” en el suelo urbano.

El decreto antes mencionado también establece que el subsidio de mejoramiento de vivienda en el suelo rural es de 22 SMMLV según el Artículo 26.

Si mi barrio no se encuentra priorizado para los subsidios de mejoramiento de vivienda, ¿podría postularlo y cuál sería el trámite?

No sería posible ya que en el año 2020, para identificar las condiciones de vulnerabilidad, la Secretaría Distrital del Hábitat, con la colaboración de las entidades que hacen parte de la Comisión Intersectorial para la Gestión Habitacional y el Mejoramiento Integral de los Asentamientos Humanos del Distrito Capital, construyó una metodología para el diagnóstico del nivel de déficit de calidad de vida urbana, con la cual se identificaron las áreas con condiciones deficitarias en las cuales deben implementarse dentro de otros programas, el mejoramiento de vivienda en la modalidad de habitabilidad y desde el año en mención quedaron definidos los territorios priorizados para el cuatrienio de la presente administración.