Categorías PFs
Si la entrega del inmueble se realiza con el preaviso que determina la Ley 820 de 2003 en su artículo 24, el arrendador está obligado a recibir el inmueble arrendado; si a pesar de que, el arrendatario realice el preaviso de terminación y entrega en los términos previstos en la Ley (No menor a tres meses de la terminación del contrato de arrendamiento o de sus prorrogas) y el arrendador se niega a recibir el inmueble arrendado, se procederá con el trámite previsto en los artículos 45 y S.S de la Resolución 927 de 2021.