Te contamos qué hacer si la inmobiliaria no te deja llegar a un acuerdo con el arrendatario de tu inmueble: ¿Cómo hacer? ¿Qué hacer si la inmobiliaria a la que le di en administración del inmueble no te responde?
En el evento en que se presenten controversias entre el propietario del inmueble arrendado y las inmobiliarias, la Subdirección de Investigaciones y Control de Vivienda de la Secretaría Distrital del Hábitat, cuenta con la función de investigar, sancionar e interponer medidas correctivas a toda persona natural o jurídica, entre cuyas actividades principales esté la de arrendar bienes raíces, destinados a vivienda urbana, de su propiedad o de la de terceros, o labores de intermediación comercial entre arrendadores y arrendatarios.
Los requisitos para la presentación de quejas y el procedimiento para adelantar la investigación por parte de la Subdirección de Investigaciones y Control de Vivienda de la Secretaría Distrital del Hábitat contra las inmobiliarias se encuentran establecidos en el decreto 572 de 2015.
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Sin embargo, es importante tener en cuenta, que los contratos de administración y arrendamiento que traten sobre el mismo inmueble, son 2 contratos independientes tanto en su concepción, como en las partes contratantes y en las obligaciones que se suscriben. Así, las controversias que se generen con ocasión a la ejecución del contrato de arrendamiento son del resorte exclusivo de la inmobiliaria, en su calidad de arrendador y el arrendatario del inmueble. Los acuerdos que se presenten fuera del contrato o entre quienes no son parte de este, no son vinculantes.
La terminación del contrato solo puede ser declarada por un juez de la República, mediante las causales establecidas en la norma.
La Secretaría no tiene competencia para ordenar la terminación de los contratos de administración o de arrendamiento por ninguna causal.
Conoce más información en la cartilla didáctica Contrato de Arrendamiento de Vivienda:
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