A más tardar el lunes 02 de mayo de 2022, los enajenadores deben hacer la presentación de sus Estados Financieros del año anterior.
Las personas naturales y jurídicas registradas en la Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda como enajenadores, deben dar cumplimiento a la obligación del registrado, según Resolución 1513 de 2015 en su Artículo 8 literal b). Entregar anualmente, a más tardar el primer día hábil del mes de mayo, el balance general con corte a 31 de diciembre del año anterior, estado de resultados, con las respectivas notas a los estados financieros.
Aquí te damos a conocer el nuevo proceso para radicar los documentos de manera presencial en la ventanilla de radicación de la entidad.
Proceso antiguo:
El enajenador radicaba en la ventanilla de radicación de la Secretaría Distrital del Hábitat los siguientes documentos para cumplir con su obligación:
- Carta de presentación de estados financieros firmada por el representante legal.
- Estados financieros (balance general, estado de resultados y notas a los estados financieros, firmados por el representante legal, contador y revisor fiscal, en el caso que lo hubiere.
Nuevo proceso:
El enajenador ahora deberá presentar los siguientes documentos para radicar:
- Carta de presentación de estados financieros firmada por el representante legal.
- Estados financieros (balance general, estado de resultados y notas a los estados financieros, firmados por el representante legal, contador y revisor fiscal, en el caso que lo hubiere).
- Formato PM05-FO714 Estados Financieros V1 diligenciado en Excel y guardado en un CD para revisión. NUEVO
- El profesional financiero de la Subdirección de Prevención y Seguimiento deberá revisar la información que contiene el CD. Si está en debida forma, dará su aprobación para radicar en la ventanilla de radicación de la entidad.
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