(antes Balance General) junto con el estado de resultados integral y las notas a los Estados Financieros (revelaciones) firmados por el Representante Legal, el Contador Público y el Revisor Fiscal, sí aplica. Conforme a las normas NIFF Ley 1314 de 2009 y Decreto 3022 de 2013.
Según la Ley 66 de 1968, los decretos 2610 de 1979, 078 de 1987, se tendrá una sanción de mil pesos ($1.000) por cada día de retardo que serán indexados según la fórmula de H. Consejo de Estado y la Tabla de IPC certificada por el DANE.
Lugar de entrega: Carrera 13 No. 52-25 piso 1.
Horario: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m.
Información: 3581600 extensiones 6006 y 6008.
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Lo anterior, con el objeto recordar a los enajenadores y arrendadores, las obligaciones legales derivadas de la solicitud de registro o matrícula respectivamente, para evitar multas y/o sanciones.
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