En nuestra cartilla didáctica Contrato de Arrendamiento de Vivienda te contamos en cuáles casos el arrendatario de un inmueble puede entrar al mismo
Es obligación del arrendador librar al arrendatario de toda turbación en el goce del inmueble arrendado. Sin embargo, el arrendador puede entrar a la propiedad solamente si ello es necesario para aliviar una condición peligrosa, prevenir la destrucción de esta o responder a una emergencia auténtica del predio. Los requisitos de la notificación y las cláusulas sobre la entrada pueden ser incluidos en cada contrato de arrendamiento.
👉 ¿Qué hacer con los deterioros de un inmueble si el arrendador no los quiere reparar?
Conoce más información en la cartilla didáctica Contrato de Arrendamiento de Vivienda:
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