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Lunes, 19 de Abril de 2010 13:26

Preguntas Frecuentes

1. Si quiero comprar vivienda o lote con servicios, ¿cómo  me puede ayudar la Secretaría Distrital del Hábitat?

  • Le informamos si el proyecto que a usted le interesa posee permiso de ventas (radicación de documentos).
  • Si el proyecto posee permiso de ventas, usted puede consultar los planos y la información técnica, financiera y jurídica, para que determine la conveniencia de su inversión.
  • Si se realizan ventas en un proyecto no autorizado, aplicamos sanciones de ley al urbanizador.

Nota: El permiso de ventas (radicación de documentos) sólo es necesario cuando el proyecto tiene cinco o más unidades de vivienda.

2. Si el vendedor me entrega un inmueble con defectos o deficiencias, ¿en qué me ayuda la Secretaría Distrital del Hábitat?

  • La Subsecretaría de Inspección Vigilancia y Control de Vivienda (SDIVCV) practica la visita técnica al inmueble.
  • Si hay incumplimiento, le solicita al vendedor que subsane los daños.
  • La Subsecretaría de Inspección Vigilancia y Control de Vivienda (SDIVCV) puede adelantar un proceso de conciliación entre el vendedor y el comprador.
  • La Subsecretaría de Inspección Vigilancia y Control de Vivienda (SDIVCV) puede sancionar al vendedor, si comprueba incumplimiento.


3. ¿Qué debo hacer para vender casas, apartamentos o lotes destinados a vivienda?

  • Registrarme como persona natural o jurídica ante la Cámara de Comercio.
  • Registrarme como persona natural o jurídica ante la Subsecretaría de Inspección Vigilancia y Control de Vivienda (SDIVCV).
  • Obtener permiso de ventas (radicación de documentos) para enajenar los inmuebles, en la Av. Caracas # 53-80.

Nota: El permiso de ventas (radicación de documentos) sólo es necesario cuando el proyecto tiene de cinco o más unidades de vivienda.

4. ¿Qué debo hacer para adelantar un programa de vivienda por autogestión o participación comunitaria?

  • Obtener personería jurídica como entidad sin ánimo de lucro.
  • Registrar los libros de contabilidad donde corresponda, según el caso.
  • Registrar la organización ante la Subsecretaría de Inspección Vigilancia y Control de Vivienda (SDIVCV), en la Av. Caracas # 53-80.
  • Obtener un permiso para captar recursos de los afiliados al programa ante la Subsecretaría de Inspección Vigilancia y Control de Vivienda (SDIVCV).
  • Obtener un permiso para escriturar las unidades habitacionales o lotes con servicios.

Nota: El número de participantes no puede ser inferior a cinco, ni superior a 200.

 

5. ¿Qué debo hacer para dedicarme al arrendamiento de vivienda urbana?

  • Registrarse como persona natural o jurídica ante la Cámara de Comercio.
  • Presentar los modelos de contratos de arrendamiento para vivienda y de administración.
  • Obtener matrícula de arrendador como persona natural o jurídica otorgada por la Subsecretaría de Inspección Vigilancia y Control de Vivienda (SDIVCV), en la Av. Caracas # 53-80.
  • Enviar semestralmente a la Subsecretaría de Inspección Vigilancia y Control de Vivienda (SDIVCV), el informe de los inmuebles arrendados.

Nota: la matrícula de arrendador sólo es necesaria cuando el número de unidades es superior a cinco.


6. ¿Cómo me ayuda la Subsecretaría de Inspección Vigilancia y Control de Vivienda con mis problemas de arrendamiento?

  • La Subsecretaría de Inspección Vigilancia y Control de Vivienda (SDIVCV) puede intervenir en los siguientes casos:
  • Si el arrendatario considera que le están cobrando un canon que supera el 1% del valor comercial del inmueble.
  • Si la inmobiliaria le incumple al propietario con el contrato de administración del inmueble.
  • Cuando no existe incumplimiento y el arrendador o el arrendatario quiere terminar unilateralmente el contrato, antes de su vencimiento, pagando a la otra parte una indemnización de tres cánones.
  • Cuando el arrendador no entrega copia del contrato o de los recibos de pago o exige depósitos o anticipos.

Nota: La Subsecretaría de Inspección Vigilancia y Control de Vivienda (SDIVCV) no es competente para conocer los casos cuando el arrendador o el arrendatario incumplen lo pactado en el contrato, ante lo cual se debe asistir a las unidades de mediación de las alcaldías locales, a los centros de conciliación o conseguir un abogado para acudir ante un juzgado civil.


7. ¿En qué casos, la Subsecretaría de Inspección Vigilancia y Control de Vivienda realiza investigaciones administrativas?

  • Enajenación o venta de vivienda, sin registro y/o permiso.
  • Captación de recursos o escrituración de inmuebles sin permiso, en proyectos por autogestión.
  • Incumplimiento en la entrega de zonas comunes.
  • Daños o desperfectos de las viviendas adquiridas, imputables al vendedor.
  • Cobro de depósitos para arrendamiento.Negativa de entregar copia del contrato o de los recibos de pago del canon de arrendamiento.
  • Incumplimiento del contrato de administración para arrendamiento de vivienda.
  • El no envío de estados financieros o de informes semestrales.
  • Arrendamiento de vivienda urbana sin matrícula o sin citar el número asignado.

 

 

 
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