Sistema Distrital de Quejas y Soluciones -SDQS
8. ¿Cuáles son los pasos para radicar una petición, queja, reclamo o solicitud ante la Secretaría Distrital del Hábitat?
Existen tres(3) canales o vías para radicar su requerimiento, para los cuales el documento debe contener: nombres y apellidos completos del peticionario, dirección, teléfono, cédula y el asunto que motiva el requerimiento.
- Vía web: Mediante el Sistema Distrital de Quejas y Soluciones- SDQS, ingresando el requerimiento. Este lo puede realizar, ingresando a la página de la Secretaría Distrital del Hábitat- SDHT en el link "Quejas y Soluciones" siguiendo las instrucciones, o acercándose a cualquier punto de atención al ciudadano de la Secretaría Distrital del Hábitat - SDHT. Para hacer el seguimiento a su respuesta, lo debe realizar a través del link "Quejas y Soluciones" ingresando el número del requerimiento.
- Vía presencial: Acercándose al punto de radicación en la oficina de atención y servicio al ciudadano en la carrera 13 # 52-25. Para hacer el seguimiento a su respuesta debe acercarse a cualquier punto de atención y servicio al ciudadano de la Secretaría Distrital del Hábitat (SDHT), o comunicándose al teléfono 2483615 o al PBX 3581600 ext. 1003.
- Vía telefónica: Comunicándose al teléfono 2483615 o al PBX 3581600 ext. 1003. Para hacer el seguimiento a su respuesta acercándose a cualquier punto de atención y servicio al ciudadano de la SDHT, o comunicándose al teléfono 2483615 o al PBX 3581600 ext. 1003.
9. ¿Cuáles son los tipos de requerimientos oficiales que se reciben en la Secretaría Distrital del Hábitat y los tiempos de respuesta?
TIPO: Petición de interés general DESCRIPCIÓN: Petición presentada con el fin de elevar una solicitud sobre un tema que afecta a una comunidad. TIEMPO MÁXIMO DE RESPUESTA: 15 días hábiles
TIPO: Petición de interés particular DESCRIPCIÓN: Petición presentada con el fin de elevar una solicitud sobre un tema que afecta a una sola persona o a un grupo particular. TIEMPO MÁXIMO DE RESPUESTA: 15 días hábiles
TIPO: Petición de información DESCRIPCIÓN: Petición presentada con el fin de solicitar información sobre la acción de las autoridades o la entrega de copias de documentos de carácter público. TIEMPO MÁXIMO DE RESPUESTA: 10 días hábiles
TIPO: Solicitud de información DESCRIPCIÓN: Requerimiento presentado por los ciudadanos con el fin de obtener información y orientación sobre los servicios propios de la entidad a la que está dirigido. TIEMPO MÁXIMO DE RESPUESTA: 15 días hábiles
TIPO: Consulta DESCRIPCIÓN: Solicitud presentada ante una entidad con el fin de obtener un concepto sobre los temas a su cargo. TIEMPO MÁXIMO DE RESPUESTA: 30 días hábiles
TIPO: Queja DESCRIPCIÓN: Manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que presenta un ciudadano en relación con la conducta irregular de un servidor público en cumplimiento de sus funciones TIEMPO MÁXIMO DE RESPUESTA: 15 días hábiles
TIPO: Reclamo DESCRIPCIÓN: Manifestación presentada por un ciudadano cuando sus solicitudes han sido atendidas inoportunamente o por la indebida prestación de un servicio o una atención. TIEMPO MÁXIMO DE RESPUESTA: 15 días hábiles
TIPO: Solicitud DESCRIPCIÓN: Propuesta presentada por un ciudadano con el objetivo de incidir o mejorar un proceso relacionado con la prestación de un servicio o el cumplimiento de una función pública. TIEMPO MÁXIMO DE RESPUESTA: 15 días hábiles
10. ¿Debo tener una cuenta de ahorro programado para poder postularme al Subsidio Distrital de Vivienda y cuánta plata necesito tener ahorrada?
Sí, para la postulación la persona va a acreditar recursos propios, necesita tenerlos en una cuenta de ahorros. En los documentos que debe entregar el hogar postulante debe anexar una carta expedida por la entidad financiera donde conste el tiempo del ahorro, el monto y la certificación de haberlo inmovilizado. Acerca de la plata que debe tener ahorrada hay que tener en cuenta que uno de los requisitos para postularse es acreditar que los recursos que tiene el hogar, sumados al subsidio al que aspira, equivalen al valor de la solución habitacional.
11. Con mis hermanos tenemos una casa que heredamos, pero yo no vivo en ella, ni respondo por ella, ¿yo puedo postularme al Subsidio Distrital de Vivienda?
Si usted aparece en la escritura de la vivienda no podrá postularse. Hay que tener en cuenta que uno de los requisitos para postularse es que ninguno de los miembros del hogar sea propietario o poseedor de vivienda en el territorio nacional. Para certificar el cumplimiento de este requisito, la Secretaría Distrital del Hábitat verificará los números de las cédulas de los mayores de edad de la familia postulada, con las bases de datos del Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, oficinas de Catastro de todo el país y el Instituto Geográfico Agustín Codazzi.
12. Yo soy separada, pero el que era mi esposo nos tiene afiliados a la Caja de Compensación Familiar, ¿yo puedo postularme al Subsidio Distrital de Vivienda?
No puede postularse, ya que uno de los requisitos es que ninguno de los miembros del hogar que se postule se encuentre afiliado a una caja de compensación familiar.
13. Somos una familia en situación de desplazamiento. ¿Podemos postularnos al subsidio distrital de Vivienda?
Al Subsidio Distrital de Vivienda se pueden postular aquellos hogares en situación de desplazamiento que cuenten con el subsidio familiar de vivienda otorgado por la Nación para ser utilizado en la Capital, ellos pueden acceder al subsidio complementario que les otorga el Distrito.
14. ¿Si yo estoy reportado a DATACRÉDITO, puedo postularme al Subsidio Distrital de Vivienda?
La restricción del DATACREDITO la establecen son las entidades financieras que son las que no le otorgan crédito a quienes estén reportados a estas centrales de riesgos. Usted se puede postular siempre y cuando certifique que cuenta con recursos suficientes que sumados al monto del subsidio que se le otorgue, correspondan al valor de la solución habitacional.
15. ¿Una persona con discapacidad física o un adulto mayor puede postularse al Subsidio Distrital de Vivienda?
Si puede postularse. En los criterios de calificación de las postulaciones se establecen variables como condiciones especiales de miembros del hogar que dan puntajes adicionales, entre estas condiciones están: mujer cabeza de familia, familia uniparental, personas con discapacidad o mayores de 65 años de edad.
16. ¿Tengo una casa-lote, debo postularme a que subsidio, construcción en sitio propio o mejoramiento?
Si la casa-lote tiene construida una unidad básica de vivienda en materiales definitivos, puede postularse a la modalidad de mejoramiento estructural o de habitabilidad. Pero si la unidad básica está construida solo con materiales perecederos (madera, tela asfáltica, latas) la modalidad del subsidio es construcción en sitio propio. Es importante destacar que la casa lote debe estar ubicada en un barrio legalizado y uno de los miembros del hogar postulante debe ser el propietario.
17. ¿El Subsidio Distrital de Vivienda lo puedo abonar a la deuda que tengo de la casa?
No, las modalidades para las cuales se otorga el subsidio son adquisición de vivienda nueva o usada, construcción y mejoramiento de vivienda estructural y de habitabilidad. No hay una modalidad para pago de deudas de vivienda.
18. ¿A quién le desembolsan el Subsidio Distrital de Vivienda SDV?
El subsidio en la modalidad de adquisición de vivienda se le desembolsa a quien sea el vendedor; si es vivienda nueva a la constructora y si es vivienda usada, a la persona que sea el vendedor, en ningún momento se desembolsa al beneficiario del subsidio. Si el subsidio es en la modalidad de construcción en sitio propio, mejoramiento de vivienda en condiciones de habitabilidad, o mejoramiento estructural, será desembolsado al oferente del proyecto.
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